Nuestro compromiso con el Estado Colombiano, el Medio Ambiente y las Comunidades Locales.
En Biotácora estamos comprometidos con los requisitos establecidos en la Norma Técnica Sectorial NTS-TS 003, que incluye, entre otros, los requerimientos legales que regulan los efectos generados por la actividad turística en Colombia.
POLÍTICA DE SOSTENIBILIDAD
Nuestras experiencias, son resultado del trabajo en conjunto entre Biotácora y comunidades locales, con quienes desarrollamos experiencias con enfoque regenerativo mediante la inclusión de proyectos sociales de grupos étnicos y campesinos aportando a su bienestar. Por esta razón, nuestras actividades en el marco de turismo consciente contemplan factores económicos, sociales y ambientales del desarrollo regenerativo de los destinos, introduciendo a la triple cuenta de la sostenibilidad (económico, social y ambiental) la dimensión cultural, política y espiritual, de forma holística e integral. A partir de una planificación co-creada participativamente, las experiencias de Biotácora son transformadoras para visitantes y anfitriones; creando experiencias de intercambio cultural y de inmersión en el ambiente natural y cultural en los destinos que visitamos, generando una transformación profunda y positiva para personas (anfitriones y visitantes) y ecosistemas.
Biotácora cuenta con un sistema de gestión de la sostenibilidad, el cual es el marco direccionador de los procesos en la organización, con el fin de que a través de metodologías participativas y el ingenio colectivo, generemos la innovación social, ecológica y económica en cada destino, asegurando así una mejora continua a las experiencias, mediante el compromiso conjunto por parte de cada uno de los eslabones de la cadena productiva de los programas turísticos que operamos. En nuestra política de comercio justo, el 50% de las utilidades de las rutas que desarrollamos son destinadas a proyectos de conservación o restauración de ecosistemas.
Adicionalmente contamos con un programa de asesoría y acompañamiento en la generación de créditos certificados de carbono, biodiversidad, agua y suelo con la finalidad de generar mecanismos de financiamiento a proyectos de conservación y restauración de ecosistemas estratégicos en Colombia por parte de viajeros u otras personas o empresas que puedan apoyar mediante la compra de dichos créditos en la compensación de su huella ecológica.
En cumplimiento de nuestra responsabilidad con el estado colombiano, estamos comprometidos con la Ley 679 de 2001 en la Estrategia Nacional de Prevención de la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes – ESCNNA, Ley 63 de 1986 (Protección de Bienes Culturales), Ley 1185 de 2008 (Protección Patrimonio Cultural), Ley 17 de 1981 (Protección Fauna y Flora Silvestre), Ley 1333 de 2009 (Sanciones Ambientales) y Ley 376 de 2009 (Prevención consumo de tabaco, alcohol y otras sustancias psicoactivas en menores de edad).
Contamos con un código de ética para evitar la explotación sexual y comercial de niños de acuerdo con la Resolución 3840 del 24 de diciembre de 2009 y según el Artículo 1 de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009.
CÓDIGO DE ÉTICA
De acuerdo a la Resolución 3840 del 24 de diciembre del 2009, adoptamos y promovemos el siguiente Código de Conducta:
1. Prevenimos sin reserva la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.
2. Denunciamos a las personas que den información directamente o por interpuesta persona acerca de lugares desde donde se coordinen o donde se practique explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
3. Denunciamos a las personas que conduzcan a los turistas, directamente o a través de terceros a establecimientos o lugares donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas, así como conducir a estos a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de barcos localizados en Altamar, con fines de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
4. Denunciamos a las personas que faciliten vehículos en rutas turísticas con fines de explotación o de abuso sexual con niños, niñas y adolescentes.
5. Impedimos el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los hoteles o lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos en los que se presten o se sospeche la explotación o de abuso sexual.
6. Adoptamos las medidas tendientes a impedir que el personal vinculado a cualquier título con la empresa, ofrezca servicios turísticos que permitan actividad sexual con niños, niñas y adolescentes.
7. Denunciamos ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y demás autoridades competentes, los hechos de que hubiere tenido conocimiento por cualquier medio, así como la existencia de lugares, relacionados con explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y asegurar que al interior de la empresa existan canales para la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes.
8. Divulgamos la política de sostenibilidad en la que se exponga el compromiso para prevenir y contrarrestar toda forma de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en viajes y turismo.
9. Capacitamos a todo el personal vinculado a la empresa, frente al tema de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
10. Informamos a los usuarios sobre las consecuencias legales en Colombia de la explotación y el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.